Placa N.º 16 · Justicia · México, Suprema Corte
Un fallo en México permite cocinar tus propios brownies, tortas y gomitas cannábicas. Convidar, no
Hace falta el permiso de Cofepris y el fallo no abre la puerta al uso medicinal. Comprar y vender sigue prohibido
Siete votos contra dos. El 10 de septiembre, la Suprema Corte de México le ordenó a Cofepris, el regulador sanitario del gobierno, que autorice a una persona a preparar cannabis en "alimentos preparados y semipreparados" para su propio consumo. En la práctica, una torta o unas gomitas hechas en casa. Venderlas, regalarlas o convidarlas sigue prohibido.
El caso empezó como empiezan casi todos en México: con un trámite ante Cofepris, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Es el regulador sanitario del país: un órgano de la Secretaría de Salud, creado en 2001, que autoriza y controla medicamentos, alimentos, suplementos y cosméticos, y cuyo titular designa el presidente a propuesta del secretario de Salud. Una persona le pidió la autorización para el autoconsumo recreativo de cannabis, Cofepris se la negó y un juez de distrito le ordenó darla. Cofepris cumplió a medias: emitió el permiso, pero dejó afuera la preparación de cannabis en productos regulados, alimentos incluidos. La persona volvió a la Justicia con un recurso de inconformidad, el 13/2025, y el pleno de la Suprema Corte lo resolvió el 10 de septiembre de 2026. Revocó el acuerdo que daba la sentencia por cumplida y le ordenó a Cofepris emitir un permiso nuevo, sin esa restricción.
El argumento entra en una línea. Para la Corte, cocinar, mezclar o acondicionar comida con cannabis para uno mismo es una "actividad culinaria ordinaria": no convierte ese alimento en un medicamento ni en un producto con régimen sanitario especial. La ponente, Lenia Batres Guadarrama, sostuvo que las normas sanitarias no prohíben de manera general preparar comida para consumo propio. La ministra Loretta Ortiz Ahlf agregó que la autoridad no puede prohibir esa preparación en términos absolutos.
La letra chica es larga. El beneficio es para quien tiene el permiso y para nadie más: no autoriza a vender, distribuir, regalar ni convidar lo que se cocina, ni a montar un negocio de comida con cannabis. Siguen en pie los controles de Cofepris sobre medicamentos, remedios herbolarios, suplementos, cosméticos y vapeadores. Y sin permiso no hay cocina: la autorización de Cofepris es la que habilita a un adulto a cultivar, cosechar, preparar, poseer y transportar cannabis para consumo propio, sin importación ni comercio. El permiso es sanitario: no cambia el límite penal de 5 gramos para portar. La propia Cofepris aclaró en julio que esas autorizaciones no equivalen a una legalización general.
Lo que el fallo no toca también importa, porque en algunas coberturas se leyó más de lo que dice. El permiso es de autoconsumo recreativo de cannabis y THC: la comida puede llevar THC, el componente psicoactivo, pero el fallo no abre una vía medicinal. La Corte validó, al contrario, que Cofepris mantenga sus controles sobre medicamentos, remedios herbolarios y suplementos. El uso medicinal tiene su propio carril desde la reforma de 2017, con productos que necesitan registro sanitario. Del CBD el fallo no dice nada: la Ley General de Salud contempla desde 2017 derivados con 1% de THC o menos, pero su producción y su venta no cambian con esta sentencia. ¿Es ilegal la marihuana en México, entonces? Para quien no tiene permiso, está en la lista de sustancias prohibidas de la Ley General de Salud, y portarla es delito de posesión simple; hasta 5 gramos para consumo personal, y fuera de los lugares que fija la ley, como las inmediaciones de una escuela, el Ministerio Público no ejerce la acción penal, pero la posesión sigue sin estar autorizada. Para quien lo tiene, cultivar y consumir es legal, nunca frente a menores, embarazadas o personas que no den su consentimiento; cocinar, por ahora, solo con un permiso que lo incluya, como el que ordenó la Corte para quien litigó. Comprar y vender es ilegal para todos.
México llegó hasta acá por partes, y casi siempre por la Corte. En agosto de 2009, la llamada ley de narcomenudeo fijó que, por portar hasta 5 gramos de marihuana para consumo propio, el Ministerio Público no ejerce la acción penal. No la volvió legal: sigue siendo posesión sin autorización. En noviembre de 2015, la Primera Sala de la Corte les dio a cuatro integrantes de la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante (SMART) el primer permiso para cultivar y consumir, después de que Cofepris se lo negara. En junio de 2017, el Congreso habilitó el uso medicinal de derivados del cannabis; el reglamento recién salió en enero de 2021. En 2018, con cinco sentencias iguales, el criterio del caso SMART se volvió jurisprudencia. El Senado aprobó en noviembre de 2020 una Ley Federal para la Regulación del Cannabis; Diputados la modificó en marzo de 2021, la devolvió, y nunca terminó de aprobarse. Con el plazo vencido, la Corte dictó en junio de 2021 la declaratoria que obliga a Cofepris a dar el permiso a cualquier adulto que lo pida.
La votación también tuvo su lectura política. Los nueve integrantes actuales fueron electos por voto popular en 2025. Batres había llegado a la Corte en 2023, designada por López Obrador; en contra votaron Yasmín Esquivel Mossa, propuesta por él en 2019, y María Estela Ríos González, que fue su consejera jurídica en Presidencia. Esquivel advirtió que esos alimentos pueden terminar en manos de terceros, menores incluidos. Cofepris depende del gobierno de Claudia Sheinbaum, que según El Imparcial (12 de septiembre) se pronunció contra abrir un mercado comercial de comestibles con THC sin controles estrictos.
La ley, mientras tanto, espera. Cinco años después de la declaratoria, la política de cannabis de México se escribe fallo por fallo. En febrero de 2026, la Corte se quedó a un voto de flexibilizar el límite de 5 gramos: por cinco a cuatro amparó a una persona en situación de calle de Ciudad Juárez, procesada por llevar 14,26 gramos, pero sin efectos generales. En junio validó que Cofepris emita un solo permiso con nueve titulares nombrados, sin habilitar que se pasen cannabis entre ellos; en septiembre, la cocina. Los permisos todavía llegan por la vía judicial. Según una solicitud de transparencia citada en un estudio de la revista Inter Disciplina, de la UNAM, entre julio de 2021 y noviembre de 2022 Cofepris recibió 5.206 pedidos y entregó 1.851 autorizaciones, todas en cumplimiento de sentencias; hasta julio de 2024 no había emitido los lineamientos para otorgarlas sin juicio.
La ley que el Congreso dejó a medio camino en 2021 sigue sin aprobarse. Mientras tanto, la Corte ya llegó a la cocina.
El corte de esta nota es el 29 de septiembre de 2026. El 1 de octubre precisamos, a partir de la observación de un lector, la redacción sobre los 5 gramos: no es un permiso, es el límite hasta el cual el Ministerio Público no ejerce la acción penal. Nada de lo que se describe acá es asesoramiento legal.
Fuentes
- Suprema Corte de Justicia de la Nación (México) · comunicado sobre el recurso de inconformidad 13/2025, 10 de septiembre de 2026
- La Jornada · Avala la Corte mota en alimentos de autoconsumo, como brownies (votos de Esquivel y Ríos), 11 de septiembre de 2026
- MVS Noticias · Avala SCJN autoconsumo de cannabis en alimentos; excluye comercialización
- Infobae · Pastelitos, gomitas y paletas con marihuana son legales para el autoconsumo, determina la Corte
- Suprema Corte de Justicia de la Nación (México) · Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2018, 28 de junio de 2021
- Cofepris · qué es la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Gobierno de México)
- Biblioteca del Congreso de EE.UU. · México aprueba la ley de narcomenudeo con umbrales de consumo personal, septiembre de 2009
- Suprema Corte de Justicia de la Nación (México) · comunicado sobre el amparo en revisión 237/2014 (caso SMART), 4 de noviembre de 2015
- Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales · Precedente judicial y consumo lúdico de marihuana en México (de los amparos a la jurisprudencia)
- Diario Oficial de la Federación · reforma a la Ley General de Salud sobre uso medicinal del cannabis, 19 de junio de 2017
- Diario Oficial de la Federación · Reglamento en materia de producción, investigación y uso medicinal de la cannabis, 12 de enero de 2021
- Cámara de Diputados · devuelve al Senado la minuta de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, 10 de marzo de 2021
- El Financiero · la Corte se queda a un voto de flexibilizar el límite de posesión de marihuana, 5 de febrero de 2026
- Expansión · la Corte confirma que Cofepris puede dar un permiso a varias personas, 26 de junio de 2026
- Por Esto · Cofepris aclara qué permite y qué no el consumo de cannabis tras la resolución de la Corte, 7 de julio de 2026
- Eje Central · ¿La marihuana ya es legal en México? Cofepris aclara qué permite y qué no (consumo frente a menores, embarazadas y terceros)
- Leviatán · la Corte avala la preparación de alimentos con cannabis y delimita los alcances sanitarios, 13 de septiembre de 2026
- Inter Disciplina (UNAM) · A cinco años de la cannabis legal: una evaluación de las autorizaciones para consumo personal
- Expansión · quiénes son los nuevos ministros de la Suprema Corte, 1 de septiembre de 2025
- CNN en Español · Lenia Batres, de colaboradora de López Obrador a ministra de la Corte, 15 de diciembre de 2023
- Animal Político · el Senado nombra ministra a Yasmín Esquivel, marzo de 2019
- Excélsior · María Estela Ríos, la ex consejera jurídica de Presidencia que llega a la Corte
- El Imparcial · Sheinbaum se expresó sobre la marihuana tras los fallos de la Corte, 12 de septiembre de 2026
El fallo se reconstruye con el comunicado oficial de la Corte mexicana y la cobertura de la sesión del pleno; los argumentos de las ministras se citan en paráfrasis, no como textuales. La cifra de permisos de Cofepris sale de una solicitud de transparencia citada en el estudio de Inter Disciplina: no localizamos un total acumulado más reciente publicado por Cofepris.
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